sábado 3 de febrero de 2007

El proceso

Orientación sobre el proceso que enfrenta la persona privada de libertad, en Francia.

El defensor
En vista de que la persona detenida, por lo general, no posee medios para cancelar los honorarios de un abogado, el Estado francés asigna un abogado de oficio. Este debería visitar al detenido previamente para conocer el caso, sin embargo, en realidad suele ocurrir que algunos abogados no visitan a los detenidos, y los ven por primera vez media hora antes de que pasen a juicio.

Es en este sentido, que la atención del Consulado es imprescindible, a fin de asegurar la correcta defensa de sus nacionales.

Cierre del caso
Una vez que la persona entra en el centro de detención, debe esperar el cierre de su caso. En ese lapso antes del cierre del caso, se recopila el máximo de información en torno al delito cometido. El tiempo que puede transcurrir entre el inicio de la detención y el cierre del caso es variable, y depende de cada caso en particular.

Cuando el juez o la jueza consideran que poseen todos los elementos que les permitirán juzgar al detenido, éste recibe una carta en la cual se le comunica el cierre del caso.

El juicio
Entre el cierre del caso y la fecha del juicio suelen transcurrir tres meses aproximadamente. Para asistir al juicio, el detenido es trasladado hasta los tribunales competentes.

Los familiares de un detenido, deben obtener una serie de documentos para asegurar la defensa de la persona privada de libertad. Los documentos, de forma general, son los siguientes:

  • EMPLEO: si la persona detenida tenía un empleo reciente, o tiene una profesión que ejerce por cuenta propia, se debe aportar la constancia de trabajo y recibos recientes del pago de su sueldo. El objetivo es el de poder demostrar que el delito cometido por la persona en cuestión, fue circunstancial, y que la persona tiene o ha tenido un empleo estable.
  • ESTUDIOS: constancias de estudios concluidos recientemente, o de estudios en curso, con el mismo objetivo.
  • DEUDAS: toda clase de documentos de deudas contraidas, que demuestren la situación financiera personal y familiar.
  • ANTECEDENTES PENALES: solicitar una constancia de antecedentes penales, si la persona no tiene antecedentes en su país, lógicamente. Es necesario investigar en las instituciones de Justicia de cada país, pues en algunas de ellas, familiares en línea directa (hermanos o padres) pueden solicitar la constancia para una persona ausente. Desafortunadamente, en algunos otros países no es posible hacerlo.
  • CARTA DE BUENA CONDUCTA: si en su país se le dificulta este trámite, intente obtener una constancia de buena conducta en su Alcaldía, o en la prefectura de policía.
  • PARTIDAS DE NACIMIENTO: de los hijos menores de 10 años.

Todos estos documentos deben ser enviados al abogado de la persona privada de libertad, vía fax o correo electrónico, NO ES NECESARIO ENVIAR ORIGINALES, no pierda tiempo y dinero, en Francia las fotocopias de este tipo de documentos son aceptadas.

Muy a menudo los familiares desean conocer el tiempo aproximado de condena que recibirá su familiar. Desafortunadamente no existe una respuesta precisa, que satisfaga la justa duda. Sin embargo puedo aclarar dos puntos de forma general:

  • Las condenas por tráfico de estupefacientes suelen ser más cortas que las que se imparten en América Latina, muy afortunadamente, pues de esta manera la persona puede asegurar su reintegración en la sociedad, en un futuro próximo.
  • En los casos de tráfico de estupefacientes, las penas dependen de varios factores, como la cantidad de droga incautada, la forma en que era trasladada, y si se trata de un primer delito de la persona o si es reincidente. En fin, puedo decir que en general una condena mínima suele ser de 18 meses de prisión.

Para el cálculo de la condena total, se toma en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en el que la persona entró en el centro de detención. Es decir: si para el momento del juicio, en el cual se dio una condena de 24 meses, la persona llevaba 10 meses detenida, solo quedan14 meses de condena. A ese tiempo se le restan las reducciones de pena por buena conducta, por lo general de tres meses por año de condena.

Transcurrida la mitad de la condena, y en presencia de determinadas condiciones especiales, la persona privada de libertad puede solicitar su libertad condicional.

La libertad condicional
La libertad condicional - parental, es concedida a las personas que tienen hijos menores de 10 años, o que pueden demostrar que son sostén de familia, o de sus padres mayores de edad, por ejemplo. De igual manera, las personas extranjeras que no tienen hijos, ni son sostén de familia, pueden solicitar la libertad condicional, y si demuestran su capacidad de reinsertarse, por medio de una promesa de empleo, por ejemplo, la solicitud puede tener éxito.

La libertad condicional se solicita por escrito, un mes antes de que se cumpla la mitad exacta de su condena. Por intermedio del S.P.I.P. se realizan los trámites necesarios para la solicitud.

Para revisar si el detenido es apto para su atribución, un juez de instrucción se traslada a la prisión donde se encuentra el detenido, y revisa los documentos que le permitirán decidir sobre su aprobación. En el juicio estará presente un funcionario de la Aduana francesa, para dar su visto bueno en cuanto a la posible liberación del detenido, dependiendo del cumplimiento del pago de la multa impuesta durante el juicio.

Los documentos necesarios para solicitar la liberación condicional son los siguientes:

  • Acta de matrimonio, o constancia de concubinato. Acta de nacimiento de los hijos y/o hijas menores de 10 años.
  • Una carta en la cual la pareja de la persona detenida, o los padres, o cualquier familiar o amigo cercano, manifieste su decisión de recibir en su casa a la persona detenida, una vez que regrese al país.
  • Copia de una factura de gas o de luz, en la cual conste la dirección de la vivienda y el nombre de la persona que firma la carta anterior.
  • Una promesa de empleo: es una carta de alguna empresa que esté dispuesta a emplear a la persona privada de libertad, una vez regrese al país.

Importante

  • TODOS ESTOS DOCUMENTOS PUEDEN SER ENVIADOS EN COPIA SIMPLE, VIA FAX.
  • NO ES NECESARIA LA LEGALIZACION DE NINGUN DOCUMENTO.
  • GUARDE UNA COPIA DE TODOS LOS DOCUMENTOS, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO REENVIARLOS.